* Que sesiones extraordinarias se hagan con al menos seis horas de anticipación

La Diputada de Movimiento Ciudadano, Ma. Remedios Olivera Orozco, presentó al pleno del Congreso del Estado una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima y su Reglamento, con el objetivo que los diputados únicos que forman parte de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios recuperen el derecho a voto que les fue retirado desde el año 2015.

Señala que el derecho a voz es el mismo que tiene cualquier Diputado, pues acorde al artículo 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo es un derecho de todos los legisladores: tener voz y voto como integrante de Comisiones y asistir únicamente con voz a las sesiones de las Comisiones de las que no forman parte.

Olivera estimo conveniente reformar la Ley Orgánica del Poder Legislativo y su Reglamento en lo relativo a convocatorias para las sesiones de la Comisión de Gobierno Interno y aún cuando el reglamento contempla la posibilidad de celebrar sesiones extraordinarias cuando existan asuntos que lo ameriten a juicio del presidente o secretarios de dicha comisión, se propone establecer en la Ley la celebración de sesiones extraordinarias.

Mientras que las sesiones ordinarias deben convocarse con 24 horas de anticipación, se propuso que en el caso de las sesiones extraordinarias, la convocatoria sea expedida con al menos seis horas de anticipación, tiempo suficiente para que los Diputados que integran la propia Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios puedan trasladarse desde cualquier punto del Estado a la sede del Poder Legislativo, o en caso de que estén presentes todos sus miembros, pueda celebrarse en cualquier tiempo.

Así pues, la iniciativa de la legisladora Remedios Olivera establece que la Comisión de Gobierno Interno se integrará por los coordinadores de los grupos parlamentarios (o su suplentes acreditados) y los Diputados únicos; que la Presidencia se elegirá democráticamente mediante el voto de los coordinadores parlamentarios y los diputados únicos, y las resoluciones serán tomadas por mayoría y el voto de cada diputado único se computará como un solo voto. Tendrán calidad de vocales.

“Tendrán derecho a voz y voto los coordinadores de los grupos parlamentarios o sus suplentes acreditados y los diputados únicos; mientras que los legisladores que sin ser parte de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios asistan a las sesiones de ésta, tendrán exclusivamente derecho a voz”, establece la propuesta.

Esta Comisión se reunirá por lo menos una vez por semana durante los períodos ordinarios de sesiones, y fuera de éstos las veces que sean necesarias. Las reuniones ordinarias serán convocadas con 24 horas de anticipación por el presidente de la Comisión y contendrán la propuesta de asuntos a tratar en el orden del día.

Independientemente de las reuniones ordinarias, la Comisión de Gobierno podrá celebrar reuniones extraordinarias cuantas veces sea necesario o existan asuntos que lo ameriten a juicio del Presidente o alguno de los secretarios, previa convocatoria realizada por el presidente de la misma por lo menos con seis horas de anticipación, pudiendo reunirse en cualquier tiempo, siempre y cuando esté presente la totalidad de sus integrantes.

No Hay Más Artículos